DOSSIER INFORMATIVO
“ACOGIMIENTO FAMILIAR VACACIONAL MENORES ZONA CHERNÓBIL
(UCRANIA)”
1.- ¿QUIENES SOMOS?
La Asociación Niños de Ucrania-Castellón (ANIUK-CAS) es una asociación sin ánimo de lucro inscrita desde el año 2001 con el núm. 3500 de la Sección Primera del registro provincial de Castellón, perteneciente al registro de asociaciones de la Generalitat Valenciana, e inscrita en el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunidad Valenciana con el número 425.
El programa que lleva a cabo consiste en el acogimiento de menores que viven en la antigua zona IV de Chernóbil (Ucrania) por parte de familias de la provincia de Castellón; la zona IV significa que residen en un radio de entre 60 y 80 km. de la central, contaminada por la radiación derivada de la explosión de la central nuclear.
2.- ¿QUÉ ES EL ACOGIMIENTO FAMILIAR VACACIONAL?
El programa de acogida tiene una duración de unos dos meses y medio en verano, existiendo también la posibilidad de acoger a los/las mismos menores en Navidad (suelen venir a mediados de diciembre hasta mediados de enero), a fin de conseguir los mejores resultados en la salud actual y futura de los/las menores, que vienen con edades comprendidas entre los 6 y 18 años.
El objetivo general, aparte de que disfruten de su estancia con nosotros, es lograr al máximo un saneamiento del/la menor, a través de la alimentación, hábitos higiénicos, contacto con la naturaleza, así como fomentando también la solidaridad, la inclusión social, educación en valores, perspectiva de género y refuerzo académico.
Por otra parte cabe también resaltar como objetivos específicos los siguientes:
O1.- Mejora salud del/la menor:
El objetivo general consiste en la mejora en la salud física actual y futura de los/las menores acogidos/as en la provincia, alejándolos durante un tiempo del alcance de la contaminación radioactiva. Este objetivo general se alcanza simplemente con su alejamiento durante dos meses y medio de su lugar habitual de residencia, pero también se previenen posibles alteraciones existentes mediante la realización de analíticas, revisiones
odontológicas y oftalmológicas.
O2.- Prevención posibles enfermedades derivadas de la radiación:
Esto se consigue mediante las revisiones generales realizadas a los/las menores,
incluyendo en la mayoría de los casos análisis de sangre, radiografías, revisiones odontotógicas, oftalmológicas y otras pruebas que puedan necesitar, y una vez realizado el diagnóstico si lo hubiera de alguna dolencia, proporcionar dicha información a la familia del/la menor en Ucrania y así realizar un seguimiento en sus hogares.
3.- REQUISITOS DE LA FAMILIA ACOGEDORA
a.- Perfil general: Persona o personas mayores de edad, con independencia de su estado civil y posición socioeconómica, siempre que estén dispuestas y sean capaces de educar a un/a menor, acogiéndolo en su familia y prestándole los cuidados necesarios para su correcto desarrollo físico y emocional.
b.- Perfiles específicos:
– Para ser familia acogedora, han de tener domicilio en la provincia de Castellón, y si una vez leído este Dossier manifiestan su interés por continuar con los trámites, se concertará una ENTREVISTA para conocerles personalmente y posteriormente, en su caso, una visita al domicilio donde permanecerá el/la menor durante su periodo de acogida.
– Las familias tienen el deber de compartir las finalidades de la Asociación y colaborar para la consecución de las mismas.
– Los/las menores tienen unos padres y un núcleo familiar; debemos ser la
prolongación de la familia, pero teniendo en cuenta que no debemos suplantar a sus padres.
– Nuestra relación con los/las menores debe ser una relación de amistad, no
permitiendo que exijan nada, dándoles aquello que pensemos que es lo mejor para ellos. Pidiéndoles su colaboración en la casa como a un miembro más. No queramos ganarnos sus afecto a través de lo material; así conseguiremos que se sienta como uno más del núcleo familiar y no un extraño.
– Las familias se comprometen a respetar los derechos humanos y religiosos de los/las menores y a realizar un seguimiento de los/las menores una vez en sus hogares de Ucrania, a fin de conocer y mejorar en lo posible, su calidad de vida a nivel físico y emocional.
– Las familias acogen a los/las menores con entrega y dedicación. El trato debe ser como al resto de componentes del núcleo familiar (con todo el cariño y respeto del mundo), intentando con paciencia conseguir su integración en la familia y su entorno.
– El primer verano de acogida es especialmente delicado en cuanto a la adaptación por cuestiones de idioma, nuevo entorno personal y familiar, entorno físico, costumbres, etc., aspectos a tener en cuenta a la hora de tomar la decisión de ser familia acogedora, pero la Asociación está permanentemente a disposición de las familias para cualquier problema que pueda surgir y además los/las menores vienen acompañados por una monitora con experiencia y conocimiento de ambos idiomas.
– Las familias deben informar de cualquier incidencia que suceda con los/las menores a su cargo a la Asociación Aniuk-Cas a la mayor brevedad posible.
– Las familias se comprometen a recoger al/la menor el día y hora que les sea
señalado, así como entregarlo/a para su regreso.
– La familia se compromete a firmar los documentos necesarios para la acogida de los/las menores que el Gobierno de España requiera y los requeridos por la Asociación establecidos por la legislación y los estatutos de la misma.
– Para tramitar la solicitud de acogida es imprescindible que la familia acogedora esté al corriente de todos los pagos y cuotas que la Asociación haya establecido en la Asamblea General.
– Las cuota establecida como socio/a son 30 € anuales, y dependiendo de las
subvenciones recibidas y el coste de los billetes de avión, seguros de viaje, responsabilidad civil, etc, se establece una cuota anual, que en principio puede oscilar de entre 400-600 euros (incluyen los 30 € de la cuota de socio)
– Los /las menores NO pueden ser adoptados.
– Los/las menores NO pueden salir del territorio español durante el periodo de
acogida, bajo ningún concepto.
– Salvo cambios en la legislación española los /las menores se les expide un SIP para ser atendidos/as a través de el Sistema Sanitario Público.
4.- SOBRE LOS MENORES EN ACOGIDA
– Ninguno de los /las menores tienen enfermedades contagiosas.
MUY IMPORTANTE:
La selección de las niñas y niños se realiza a través del Departamento de Protección Social de la Población de la Administración Estatal de la Región de Kiev que actúa en la zona contaminada, la ASOCIACIÓN ANIUK-CAS NO interviene sobre dicha selección, sólo en los trámites legales con la administración ucraniana y española y en la selección de las familias
de acogida en la provincia de Castellón.
Los criterios de selección establecidos por la administración ucraniana son los siguientes: menores huérfanos o privados de tutela de los padres, niños y niñas de familias numerosas y con pocos ingresos, alumnos de los colegios-internados, casas de acogida y orfanatos de tipo mixto, menores que están en centros de rehabilitación social y psicológica y niños y niñas en circunstancias difíciles, siendo requisito para el acogimiento estar afectados por la catástrofe nuclear de Chernóbyl y en todos los casos sin posibilidad de acceder por sus
propios medios a una estancia fuera de su zona de residencia habitual. La relación existente entre los menores consiste, salvo excepciones, únicamente en residir en dicha zona y, como ya se ha señalado, proceder de familias con pocos recursos y en la mayor parte desestructuradas.
5.- DÓNDE ACUDIR EN CASO DE ESTAR INTERESADOS/AS EN SER FAMILIA ACOGEDORA O PARA RECIBIR MÁS INFORMACIÓN, ACLARAR DUDAS, ETC.
– Web: www.aniukcas.org
– Correo electrónico: aniukcas@yahoo.es
– Tlno. 691 685 417
Castellón de la Plana, año 2019.